Con motivo del Día Universal de los Derechos de la Infancia, celebrado el pasado 20 de noviembre, Cuadernos de Pediatría Social saca un número especial sobre los DERECHOS DEL NIÑO.
En la página 2 leo en las “Noticias”:
EL SENADO PROPONE SACAR A LOS MÁS PEQUEÑOS DE LOS CENTROS TUTELADOS El País / 18 de octubre (Joaquina Prades)
El objetivo de la reforma es que 10.000 menores vivan en familias de acogida. El Senado considera necesario desalojar de los centros de menores a los niños de entre cero y seis años y ponerlos bajo la protección de familias de acogida. Es una de las principales propuestas de la comisión parlamentaria creada para sentar las bases de la futura Ley de Adopción Nacional y Acogimiento Familiar, que concluirá su dictamen el próximo día 20. Este diagnóstico, que supondrá un giro radical en la situación de los menores tutelados por la Administración, cuenta con el respaldo de todos los grupos parlamentarios, y será enviado al Congreso de los Diputados el 3 de noviembre.
España figura a la cabeza de Europa occidental en número de menores institucionalizados, un dato considerado dramático por la gran mayoría de los expertos que han comparecido ante los senadores a lo largo de estos dos últimos años. Es imposible conocer la cifra oficial de menores tutelados en España por abandono o desamparo, ya que la variedad de tutelajes según cada comunidad autónoma ha dado lugar a un archipiélago legal de escasa porosidad. Pero de los datos aportados a la comisión pueden cifrarse estos menores -hasta los 18 años- entre 35.000 y 40.000, de los cuales alrededor de un 25% no ha cumplido aún los seis años.
La denominada Comisión Especial de Estudio de la Problemática de la Adopción Nacional y otros Temas Afines ha optado por seguir el modelo de la mayor parte de países del entorno europeo -Reino Unido fue pionero en clausurar este tipo de centros- e impedir que los bebés abandonados o en situación de desamparo pasen años cruciales de su vida en locales tutelados por la Administración. Antes se llamaban orfanatos y ahora centros residenciales, pero las consecuencias de devastación psicológica para los niños de tan corta edad son similares, según la mayoría de expertos.
La alternativa para estos niños son las familias de acogida o de adopción, que se convierten en figuras clave de la re- forma…. (Ver 2 páginas más en el texto completo, en : www.pediatriasocial.com/elpais18octubre.doc)
En resúmen: CLAVES DE LA REFORMA
– Centros. Cierre progresivo de los centros, hasta alcanzar el acogimiento familiar de los menores de cero a seis años. – Biología. Menor prevalencia de los derechos de las familias biológicas y más atención a los intereses del menor y a su estabilidad emocional, de acuerdo con una sentencia del Tribunal Supremo de 2009.
– Acogimiento. Campañas de captación de familias de acogida y mayor coordinación entre las comunidades autónomas tanto en requisitos previos como en ayudas económicas y la relación con la familia biológica.
– Educación. Flexibilizar la rigidez actual del sistema educativo en lo referente a la edad que corresponde a cada curso o la repetición de este.
– Listas únicas. Elaboración de una lista única de adoptantes, tanto nacionales como internacionales.
En la pág. 9: X Congreso Estatal de Infancia Maltratada. Sevilla (España)
En las conclusiones, unos objetivos de buenas prácticas para distintos profesionales, tomo nota de los que nos competen:
Buenas Prácticas en el Sistema de Salud
• Protocolizar la notificación con la creación de un lenguaje común, concreto y consensuado.
• Incluir en el Protocolo el trabajo en red, especificando las redes de coordinación interprofesional e interinstitucional.
• Adaptar el espacio sanitario a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes y sus familias. Y Considerar el ámbito sanitario como un contexto óptimo para la mejora de las competencias parentales y el desarrollo de la parentalidad positiva.
Y por último destaco la entrevista a TONY WATERSTON, pediatra inglés, de la que destaco: ¿Cuál es el significado de la Convención de los Derechos del Niño (CDN)?: Creo que la CDN ayuda a los pediatras a ver a los niños ante todo como personas que detentan derechos humanos. Esto es una distinción muy importante respecto a considerarlos como pacientes, o como miembros jóvenes de una familia, aunque por supuesto esto también lo sean. La Convención nos conlleva a ver a los niños como miembros de la sociedad, que tienen un derecho a los servicios que provee el estado, que requieren protección dada su vulnerabilidad, y a quienes se les debería brindar la oportunidad de participar tanto como pacientes como ciudadanos. Si mantenemos todos los derechos que se figuran en los CDN, entonces la infancia será más valorada en la sociedad y se mejorará mucho su bienestar así como su salud. En otros momentos dice: La CDN concierne a todos los niños del mundo. Todos los países menos dos (Somalia y EEUU) han ratificado la Convención, pero por supuesto esto también se aplica en estos dos. Y para terminar: Los pediatras tienen la responsabilidad de manifestar cuándo no se respetan los derechos de los niños, y somos negligentes si nos mantenemos en silencio.
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